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¿Qué intereses tienen las Tarjetas Revolving?

En el ámbito financiero, las tarjetas revolving han suscitado un amplio debate debido a su estructura de intereses. Como despacho de abogados especializado en la defensa de los derechos de los consumidores y usuarios de servicios financieros, es nuestra obligación proporcionar claridad sobre los intereses asociados a estas tarjetas.

Naturaleza de los Intereses en las Tarjetas Revolving

Las tarjetas revolving cobran intereses sobre el crédito dispuesto que no se paga en su totalidad al final del período de facturación. Estos intereses se calculan en función de una tasa anual, pero se aplican mes a mes sobre el saldo pendiente. El tipo de interés puede variar significativamente entre diferentes entidades financieras y productos, encontrándose en muchos casos en la parte alta del espectro de los tipos de interés del mercado crediticio.

Tasas de Interés y su Controversia

Es habitual que las tarjetas revolving presenten tasas de interés que oscilan entre el 20% y el 30% TAE (Tasa Anual Equivalente), aunque pueden ser incluso mayores. Estas tasas son considerablemente más altas que las de otros productos de crédito como préstamos personales o hipotecas. Dicha diferencia en el coste del crédito se debe a la flexibilidad que ofrecen estas tarjetas en cuanto a la disponibilidad del crédito y la posibilidad de realizar pagos mínimos.

La Problemática del Pago Mínimo

El mecanismo de pago mínimo mensual es una de las características definitorias de las tarjetas revolving. Aunque este mecanismo facilita al usuario la gestión de su liquidez a corto plazo, también puede convertirse en una trampa de endeudamiento a largo plazo. Al optar por realizar pagos mínimos, una porción significativa del pago se destina a cubrir los intereses y no reduce de manera efectiva el capital prestado. Esto puede prolongar el periodo de endeudamiento y aumentar el coste total del crédito, una dinámica que ha sido objeto de litigios por prácticas potencialmente usurarias.

Respuesta Jurídica y Usura

Los intereses de las tarjetas revolving han sido objeto de análisis judicial debido a su posible calificación como usurarios. Según la Ley de Represión de la Usura, un interés es considerado usurario si es notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso. Bajo esta premisa, varios casos han llegado a los tribunales, donde se ha determinado la eliminación de los intereses o incluso la nulidad del contrato, en función de la falta de transparencia o por aplicar intereses considerados excesivos.

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